Artículo escrito por la abogada Isamar Soto.
¿Qué es?
La filiación se refiere a la relación de descendencia entre dos personas, específicamente entre padres y madres con sus hijos/as. Además, producto de esto, se generan los derechos y obligaciones.
¿Cuáles son los principios de la filiación?
- Existe igualdad entre los hijos/as.
- Existe siempre una predominancia del interés superior por los niños, niñas y adolescentes.
- Toda persona tiene derecho a la identidad.
¿Cuáles son los tipos de filiación?
- Filiación por naturaleza
Se refiere a quienes procrearon y tienen un vínculo por consanguinidad. Esta, además, puede ser matrimonial o no matrimonial.
Cuando es matrimonial se refiere a hijos/as nacidos de dos personas que están. Y la no matrimonial se refiere a hijas/os nacidos de dos personas que no están vinculadas a través del matrimonio.
Es la más común de las filiaciones.
- Filiación por técnicas de reproducción humana asistida
Este tipo, en realidad, termina siendo muy parecida a la filiación por naturaleza. Como diferencia encontramos que -tal como indica su nombre- en este tipo se utilizan técnicas de reproducción humana asistida disponibles entre dos personas.
- Filiación por adopción
La filiación adoptiva se produce cuando se adopta legalmente a un niño, niña o adolescente, el cual, para todos los efectos legales, pasa a ser hijo/a como tal, no existiendo diferencias entre descendientes biológicos y adoptados.
Para llegar a ser padre y/o madre por medio de adopción, se requieren distintos procedimientos judiciales, y siempre será una sentencia emitida por un Juez o Jueza, la que finalmente declare la filiación adoptiva.
En Chile no existe la opción de adoptar a personas mayores de edad.
¿Cómo se determina?
Se determina por normas legales, reconocimiento voluntario o por una sentencia judicial.
Un ejemplo de la filiación determinada por ley es la presunción de que un hijo/a nacido durante la vigencia de un matrimonio entre dos personas se presumirá de ambas.
El reconocimiento voluntario se puede realizar en cualquier momento, siempre y cuando a quien se quiere reconocer no tenga determinada la filiación. Acá es importante saber que incluso se pueden reconocer personas mayores de edad.
Y la determinada por sentencia judicial se dará cuando sea sometida a un procedimiento ante el Tribunal de Familia y finalmente una sentencia determine la paternidad y/o maternidad de una persona para con otra.